Calculadora de vacaciones 2026 en Argentina: días que corresponden y cuánto se cobra
Calculá cuántos días de vacaciones te corresponden en 2026 según la Ley de Contrato de Trabajo (14, 21, 28 o 35 días) y cuánto cobrás: sueldo ÷ 25 por día y el plus vacacional.
Cómo funciona
Días de vacaciones (art. 150) = 14 (menos de 5 años) · 21 (5 a menos de 10) · 28 (10 a menos de 20) · 35 (20 o más), con la antigüedad al 31 de diciembre Si trabajó menos de la mitad de los días hábiles del año: 1 día por cada 20 trabajados (art. 153) Pago de vacaciones (art. 155) = sueldo mensual ÷ 25 × días de vacaciones Plus vacacional = pago de vacaciones − sueldo ÷ 30 × días de vacaciones
La Ley de Contrato de Trabajo fija las vacaciones en días corridos según la antigüedad que se tenga al 31 de diciembre del año al que corresponden (art. 150): 14, 21, 28 o 35 días. Para tener el período completo hay que haber trabajado al menos la mitad de los días hábiles del año; si no, corresponde 1 día de descanso por cada 20 días trabajados (arts. 151 y 153). Para los trabajadores mensualizados, cada día de vacaciones se paga dividiendo el sueldo por 25 (art. 155), y por eso el recibo de vacaciones es mayor que el de un mes común: esa diferencia es el llamado plus vacacional.
Ejemplo resuelto
Sofía ingresó el 1 de marzo de 2021 y cobra $ 1.500.000 brutos. Al 31 de diciembre de 2026 tiene 5 años, 9 meses y 30 días de antigüedad, así que le corresponden 21 días corridos. Cada día vale $ 1.500.000 ÷ 25 = $ 60.000,00, y sus vacaciones se pagan $ 60.000 × 21 = $ 1.260.000,00. Si esos 21 días se pagaran como días comunes (÷ 30) serían $ 1.050.000,00: la diferencia a favor es $ 210.000,00.
Fuentes: Ley de Contrato de Trabajo 20.744 (texto actualizado, InfoLEG)
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días de vacaciones me corresponden?
Depende de la antigüedad al 31 de diciembre del año: 14 días corridos con menos de 5 años, 21 con 5 a menos de 10, 28 con 10 a menos de 20 y 35 con 20 años o más (art. 150 LCT). Son días corridos, no hábiles.
¿Por qué las vacaciones se pagan dividiendo el sueldo por 25?
Porque el art. 155 de la LCT establece que, para los mensualizados, cada día de vacaciones se paga como el sueldo dividido por 25. Como un día común vale sueldo ÷ 30, el recibo de vacaciones es más alto: esa diferencia se conoce como plus vacacional.
Entré a trabajar este año, ¿tengo vacaciones?
Sí. Si trabajaste al menos la mitad de los días hábiles del año, te corresponden los 14 días completos; si no, tenés 1 día de descanso por cada 20 días trabajados (art. 153). Con 100 días trabajados, por ejemplo, serían 5 días.
¿Cuándo me tienen que dar las vacaciones?
Como regla general, el art. 154 de la LCT indica que se otorguen entre el 1 de octubre y el 30 de abril, comunicadas por escrito con al menos 45 días de anticipación. El convenio colectivo o un acuerdo pueden prever otras modalidades, así que conviene revisar el que te corresponde.
¿Cuándo se cobran las vacaciones?
Se pagan al comienzo del período de descanso (art. 155 LCT), por eso suelen verse en un recibo aparte o al principio del mes.
¿Puedo cobrar las vacaciones en lugar de tomarlas?
No: la ley prohíbe compensarlas en dinero mientras dure la relación laboral (art. 162). Solo se pagan como vacaciones no gozadas cuando termina el contrato (art. 156), en proporción al tiempo trabajado en el año.
Calculadoras relacionadas
Los valores corresponden a 2026 en Argentina y el resultado es una estimación orientativa: el convenio colectivo, los adicionales y los criterios de cada empresa pueden cambiarlo. Conviene confirmarlo con el empleador, con ARCA/ANSES o con un contador o abogado laboralista.